El servicio prestacional por el que se abona este copago es objetivamente indispensable para satisfacer las necesidades básicas de la vida de los interesados, así que dichos copagos deben estar protegidos por todas las garantías reconocidas en el ordenamiento.
El Supremo reitera que el copago por prestaciones de atención a la dependencia es una tasa amparada por la reserva de ley
Torre de los Rios Consultores S.L. ha recibido servicios de apoyo a la digitalización financiados por el proyecto DIHnamica a través del programa de investigación e innovación «Horizonte 2020» de la Unión Europea en virtud del acuerdo de subvención nº 824186.

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