En contra del criterio fijado por el TEAC en julio, en una sentencia de septiembre permite a un contribuyente acogido al régimen de impatriados aplicar el art. 85 de la LIRPF, sin imputar rentas por la vivienda habitual en España.
El TSJ Madrid contradice al TEAC y permite a los acogidos al régimen de impatriados no imputar rentas por la vivienda habitual en España
Torre de los Rios Consultores S.L. ha recibido servicios de apoyo a la digitalización financiados por el proyecto DIHnamica a través del programa de investigación e innovación «Horizonte 2020» de la Unión Europea en virtud del acuerdo de subvención nº 824186.

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