Siendo el activo ocultado o transmitido unas participaciones no admitidas a negociación, Hacienda puede determinar su valor conforme al artículo 16 de la LIP si justifica que así se refleja el valor de mercado.
El TEAC sienta criterio sobre la valoración de participaciones no admitidas a negociación a efectos de la responsabilidad solidaria del art. 42.2.a) de la LGT
Torre de los Rios Consultores S.L. ha recibido servicios de apoyo a la digitalización financiados por el proyecto DIHnamica a través del programa de investigación e innovación «Horizonte 2020» de la Unión Europea en virtud del acuerdo de subvención nº 824186.

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