El TEAC reitera que la renuncia a módulos no puede revocarse de forma tácita
La renuncia al régimen especial simplificado del IVA o al método de estimación objetiva del IRPF puede hacerse de forma tácita, pero la revocación de dicha renuncia debe ser expresa.
Tributos aclara cuándo se entiende notificada la resolución recibida electrónicamente si se accede a ella sin estar obligado a comunicarse por esa vía
Notificación electrónica efectiva al acceder, aunque no haya obligación digital. Rige la primera fecha de acceso, incluso si luego llega notificación postal.
El TS ratifica el derecho a cambio de puesto en la AGE para quienes tengan incapacidad permanente total con revisión
El Supremo avala la movilidad laboral por IPT revisable en la AGE